La persona que toca varios cadáveres
N° .505- Si la persona tocase varios cadáveres, o si tocase varias veces un cadáver, un baño completo será suficiente para todos.
N° .505- Si la persona tocase varios cadáveres, o si tocase varias veces un cadáver, un baño completo será suficiente para todos.
N° .506- La persona que ha tocado a un muerto, puede ir a la mezquita, recitar cualquier aleya del Corán, o con su esposa; pero debe hacer el baño completo para proceder con la oración y para todos los actos que requieren la ablución.
N° .524- Es obligatorio dar tres baños completos al difunto musulmán:Primero: el baño completo con agua mezclada con cedro.Segundo: el baño completo con agua mezclada con alcanfor.Tercero: el baño completo con agua pura. Algunas personas como los mártires no necesitan el baño completo del difunto, las reglas de ello se explicaran en las cuestiones siguientes.
N° .525- No hay problema si el cedro y el alcanfor se mezclan con el agua de modo que el agua se considera mezclada, pero no deben ser de poca cantidad de modo que no se noten en el agua. Hay que lavar al difunto, primero con agua mezclada con cedro y alcanfor, y luego verter agua pura sobre ello.
N° .526- Si no hubiera acceso al cedro ni al alcanfor, es suficiente lavar tres veces al difunto con agua pura.
N° .527- Si muere el peregrino del Hayy mientras está en el estado del Ihrâm, cuando le está prohibido usar cosas aromáticas, se debe lavar al difunto con agua pura en vez de usar agua del alcanfor.
N° .528- La persona que realiza el baño completo al difunto debe ser musulmán, adulto y de sano juicio, debe saber las reglas del baño completo y según la precaución recomendable, debe ser Shia Imami.
N° .529- Hay que realizar el baño completo al difunto con la intención de cumplir el mandato de Dios.
N° .530- El baño completo del difunto es obligatorio para el musulmán muerto, aunque fuera hijo ilegítimo, demente o niño; un niño demente que nace de padres musulmanes se considera musulmán y tendrá la misma ley de ello.
N° .531- Según la precaución obligatoria, hay que realizar el baño completo del difunto para un feto abortado cuya edad es de 4 meses o más. Sin embargo, si la edad del feto fuera menor de 4 meses, hay que envolverlo en una tela y enterrarlo sin realizar el baño completo. Es de hacer notar que no se necesita realizar la oración fúnebre para un feto abortado.
N° .532- El hombre no puede realizar el baño completo para la difunta, igualmente la mujer no puede hacerlo para el difunto; salvo que fueran conyugues, y en este caso uno de ellos puede realizar el baño completo para otro, aunque es precaución recomendable abstenerse de ello.
N° .533- El hombre puede realizar el baño completo para una niña muerta cuya edad es menor de tres años, igualmente la mujer puede realizarlo para un niño muerto cuya edad es menor de tres años.